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Tramite Notariales
El servicio notarial es una función esencial que proporciona autenticidad y seguridad jurídica a los documentos. A través del notariado, se garantiza que los actos y contratos cumplan con la legalidad y formalidad requeridas, ofreciendo así una mayor protección a las partes involucradas.
NUESTROS SERVICIOS
Importante
El trámite es PREVIA CITA. Enviar su solicitud a: poderes@conperdallas.com(mailto:poderes@conperdallas.com)
La tramitación de un Poder es la forma legal a través del cual una persona otorga determinadas facultades a otra, para que esta actúe en su representación y pueda realizar ciertas actividades con consecuencias jurídicas para quien otorga el poder.
Los poderes otorgados en las Oficinas Consulares son válidos ante autoridades peruanas, por ello deben ser otorgados en los términos y forma que estas lo determinen. Existen tres tipos de poderes, los otorgados en Escritura Pública, los otorgados fuera de registro y las denominadas Carta Poder.
I. PODER POR ESCRITURA PÚBLICA
Para actuar en representación de otra persona en determinadas materias, la ley dispone que se haga a través de una Escritura Pública, que es la forma de poder que reviste mayor seguridad jurídica. Mediante este tipo de poder, se puede por ejemplo, facultar a una persona a disponer de todos los bienes del otorgante (Compra-Venta, Donación, Cesión de derechos, etc.), para ser representado en procesos judiciales y/o Notariales (Divorcios, Rectificación de partidas, Reconocimiento de sentencias extranjeras, Sucesión intestada, etc.), para ser representado en Entidades Bancarias (Apertura y/o cierre de cuentas, cobrar sumas de dinero, solicitar préstamos, hipotecar, etc), y otros casos previstos por la ley.
El trámite es PREVIA CITA, la cual se debe solicitar por correo electrónico a: poderes@conperdallas.com(mailto:poderes@conperdallas.com)
Requisitos:
Para otorgar el poder la persona debe identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de ciudadanos peruanos; y en el caso de ciudadanos extranjeros, presentar pasaporte y licencia de conducir vigentes.
Enviar por correo electrónico a: poderes@conperdallas.com,(mailto:poderes@conperdallas.com) proporcionando su número telefónico y remitiendo los siguientes documentos:
- Imagen escaneada del Documento Nacional de Identidad (DNI) del poderdante.
- Minuta en formato Word (Proyecto del poder elaborado por un abogado en el Perú, aunque no se requiere ni su firma, ni sello, salvo para los casos mencionados en la Sección de ESCRITURAS PUBLICAS (http://www.consulado.pe/es/Dallas/tramite/paginas/Escrituras-publicas.aspx),(http://www.consulado.pe/es/Dallas/tramite/paginas/Escrituras-publicas.aspx) la cual debe contener los siguientes datos del poderdante como del apoderado:
1. NOMBRE
2. NACIONALIDAD
3. ESTADO CIVIL
4. PROFESION Y/U OCUPACION
5. DOMICILIO
6. DESCRIBIR O DETALLAR LAS FACULTADES QUE DESEA OTORGAR A TRAVÉS DEL PODER
- Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona que efectuará
el registro del poder en Registros Públicos.
Una vez recibida y verificada la documentación completa se le enviará al mismo correo electrónico la fecha y hora de la cita.
El costo referencial del Poder por Escritura Pública fluctúa entre 80.00 y 140.00 dólares en efectivo, dependiendo del número de páginas que comprenda el Testimonio y de los poderdantes y apoderados adicionales.
Cualquier consulta comunicarse al 972-234-0005 Anexo: 2001 de 3:30 a 5:00 PM.
II. PODER FUERA DE REGISTRO
Mediante esta formalidad del poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas. También pueden delegarse facultades para el cobro de ciertos montos de dinero, según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.), por ello se recomienda consultar antes de su otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.
Plazo:
Tiene una vigencia de Un (1) año.
Requisitos:
• Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI) con datos actuales; y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
• Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona a favor de quien se extiende el poder.
• Describir o detallar las facultades que desea otorgar a través del poder, con indicación de la entidad o entidades donde será presentado el poder.
(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.
Importante
Se recomienda consultar el tipo de poder (fuera de registro o bajo Registros Públicos) con la institución involucrada. El trámite es PREVIA CITA, enviar su solicitud a: poderes@conperdallas.com(mailto:poderes@conperdallas.com)(mailto:poderes@conperdallas.com)
III. CARTA PODER CON FIRMA LEGALIZADA
Mediante este poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas; así como para el cobro de sumas mínimas de dinero lo que deberá consultarse previamente con la autoridad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.). Este documento es íntegramente redactado por el otorgante y posteriormente legalizado en la Oficina Consular competente.
Plazo:
Tiene una vigencia de tres (3) meses.
Requisitos:
• Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
• Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI) con datos actuales; y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.
Importante
El trámite es PREVIA CITA, enviar su solicitud a: poderes@conperdallas.com(mailto:poderes@conperdallas.com)(mailto:poderes@conperdallas.com)
El Certificado de Supervivencia es el documento a través del cual el funcionario consular certifica que una persona está viva. Este documento podrá ser utilizado ante autoridades peruanas para demostrar la supervivencia de una persona residente en el exterior.
Requisitos
• Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán identificarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros que requieran el documento para presentarlo en el Perú, deberán presentarse portando su pasaporte o documento de identidad local.
La legalización de firma de particulares es efectuada por un funcionario consular, quien a pedido del solicitante, legaliza la firma consignada en su presencia sobre un documento privado (Ejemplo. Declaraciones Juradas).
Requisitos
• Presentar el documento redactado previamente por el solicitante, sin firma (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
• Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
Los ciudadanos que deseen renunciar a la nacionalidad peruana pueden hacerlo mediante Escritura Pública en las Oficinas Consulares, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:
1. Tener la mayoría de edad
2. Haber obtenido otra nacionalidad
El trámite es personal y con PREVIA CITA, la cual se debe solicitar por correo electrónico a: poderes@conperdallas.com.(mailto:poderes@conperdallas.com)
Requisitos
Para otorgar la Escritura Pública, la persona debe identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) Enviar por correo electrónico a: poderes@conperdallas.com,(mailto:poderes@conperdallas.com) proporcionando su número telefónico y remitiendo los siguientes documentos:
• Imagen escaneada del Documento Nacional de Identidad (DNI) y pasaporte peruano, en caso lo posea.
• Imagen escaneada del pasaporte del solicitante emitido por autoridad de otro país, el cual debe encontrarse vigente.
• Modelo de Minuta para la Escritura Pública, la cual debe ser completada y reenviada al email antes mencionado. Ver modelo minuta aquí.(https://www.consulado.pe/es/Dallas/tramite/Documents/Modelo_de_renuncia_nacionalidad.doc)
• Costo aproximado120.00 dólares en efectivo
Nota
Los peruanos que hayan renunciado expresamente a la nacionalidad peruana, tienen derecho a recuperarla, cumpliendo con los requisitos solicitados en el reglamento de la Ley de Nacionalidad.
Cualquier consulta comunicarse al 972-234-0005 Anexo: 2001 de 3:30 a 5:00 PM.
REQUISITOS PARA EJECUCIÓN DE MISIONES SANITARIAS EN EL PERÚ
1. Cartas dirigidas al Director de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, y a la Cónsul General del Perú en Dallas, Texas, Min. Liliana Trelles Taboada, que incluya los datos del Anexo 1.
1. Plan de Trabajo de las actividades a realizar (ver modelo anexo 2 y 3).
2. Listado de la Misión Profesional Humanitaria (ver modelo anexo 4).
3. Recibo de pago original al Colegio Profesional de Enfermeros con la respectiva HABILITACIÓN PROFESIONAL TEMPORAL VIGENTE, (procedimiento que solicitan los Colegios Profesionales del Perú, sobre todo el Colegio de Enfermeros y el Colegio Odontológico). De ser el caso.
4. Copia simple y legible del pasaporte de los Médicos y personal sanitario.
1. Remitir el original de la Licencia profesional, Título profesional y del Título de especialización, de ser el caso. Así como copia del Curriculum Vitae de cada profesional de la salud.
1. Lista de equipos, instrumental médico y medicamentos que la Misión medica desea internar al Perú para ser usado en las actividades sanitarias, dicho listado deberá diferenciar los objetos de donación, del material que sólo viene como ingreso temporal. El listado de medicamentos debe indicar la denominación común internacional, la cantidad y fecha de vencimiento de los mismos.
1. Declaración Jurada de no tener pendiente entrega de informes de actividades sanitarias realizadas en el país.
2. Carta de Compromiso de la Institución Organizadora Nacional o la institución extranjera, según corresponda (ver modelo anexo 5).
Los requisitos antes señalados son indispensables y deben hacerse llegar a la Cancillería, por intermedio de las Embajadas o Consulados peruanos al mismo tiempo y por lo menos con cuarenta días antes de la llegada al Perú de la misión médica, para que la Cancillería realice las gestiones pertinentes con las entidades respectivas en el Perú.
VER ANEXOS(https://10a7c70a-c8c3-42f1-a595-9103d4422e41.usrfiles.com/ugd/10a7c7_c0de5a1efe314fc7b16d5b812b24efdf.docx)
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